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Es un ente privado sin ánimo de lucro, que presta un servicio público esencial y fue creado mediante el decreto No. 055 el 14 de Septiembre de 1962.  
Desde su fundación en 1962, ha cumplido con la misión de Ejercer funciones de Prevención y Atención de Incendios y calamidades conexas, salvar vidas y proteger bienes, creando un clima de seguridad en los habitantes
La Institución actualmente es sede del Distrito II de Bomberos de Risaralda conformada por los municipios de Quinchía, Guática, Mistrató y Belén de Umbría.
En la actualidad la institución cuenta con una planta de personal operativo remunerado de 6 unidades, un Comandante, dos administrativos  y 16 bomberos voluntarios entre oficiales, sub-oficiales y bomberos y un grupo de 12 honorarios como grupo de apoyo.
								 
						 
						DOMICILIO
El Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Belén de Umbría tiene su domicilio principal en el municipio de Belén de Umbría, Risaralda. Y su dirección para operaciones y notificaciones judiciales será la carrera 9 # 9ª-07.
OBJETO:
Ley 1575 de 2012
Artículo 22. Funciones. Los cuerpos de bomberos tendrán las siguientes funciones:
1.    Llevar a cabo la gestión integral del riesgo en incendios que comprende:
a)   Análisis de la amenaza de incendios;
b)   Desarrollar todos los programas de prevención;
c)   Atención de incidentes relacionados con incendios;
d)   Definir, desarrollar e implementar programas de mitigación;
e)  Llevar a cabo los preparativos tanto en los cuerpos de bomberos, como en la comunidad y todas las instalaciones de personas de derecho público y privado para garantizar la respuesta oportuna, eficiente y eficaz.
2.  Adelantar los preparativos, coordinación y la atención en casos de rescates, tanto en los cuerpos de bomberos, como en la comunidad y en todas las instalaciones de las personas de derecho público y privado, de acuerdo con sus escenarios de riesgo.
3.  Adelantar los preparativos, coordinación y la atención de casos de incidentes con materiales peligrosos, tanto en los cuerpos de bomberos, como en la comunidad y en todas las instalaciones de las personas de derecho público y privado, de acuerdo con sus escenarios de riesgo.
4.  Investigar las causas de las emergencias que atienden y presentar su informe oficial a las autoridades correspondientes.
5.  Servir de organismo asesor de las entidades territoriales en temas relacionados con incendios, rescates e incidentes con materiales peligrosos y seguridad humana.
6.  Apoyar a los comités locales de gestión del riesgo en asuntos bomberiles.
7.   Ejecutar los planes y programas que sean adoptados por las instituciones de los bomberos de Colombia.
 
 
 
